|ETCÉTERA|: La Contraloría General
denunciará penalmente y demandará por la vía civil a ex funcionarios de la
Municipalidad Distrital de Supe que habrían ocasionado un perjuicio económico
por más de S/. 888 mil al Estado, durante la convocatoria del proceso de selección
y la ejecución de una obra de agua potable y saneamiento.
Este
monto corresponde a los tres casos que fueron detectados en la acción de
control a la obra “Mejoramiento y Ampliación del Sistema de Agua Potable,
Alcantarillado y Disposición Final en las localidades de Supe y San Nicolás,
del Distrito de Supe, Provincia de Barranca”, en el periodo enero 2010 – julio
2012.
CONTRATACIÓN
IRREGULAR: En el
primer caso, se evidenció que la administración edil habría contratado
irregularmente a un consultor para elaborar el expediente técnico de la obra
exonerándolo del proceso de selección, sin que exista el sustento técnico legal
para realizar la contratación directa.
Los
auditores determinaron que se pagó al consultor S/. 199 250 por un expediente
técnico que fue presentado extemporáneamente y que no cumplía con la entrega de
los estudios, autorizaciones y certificados requeridos para la ejecución de la
obra. Además, no se le exigió el pago de penalidades por un monto de S/. 31 500
por haber presentado el documento fuera de tiempo. Esto significa que se
ocasionó un perjuicio económico de S/. 230 750 al Estado.
La
Contraloría General remitió a la Procuraduría Pública el informe respectivo
para denunciar a los presuntos involucrados en estos hechos por los presuntos
delitos de negociación incompatible o aprovechamiento indebido del cargo.
PAGOS POR
OBRAS NO EJECUTADAS: En el
segundo caso, se evidenció que durante la ejecución de la obra, los ex
funcionarios otorgaron la conformidad a nueve valorizaciones presentadas por el
contratista sobre partidas que no fueron realmente ejecutadas en su totalidad,
como movimiento de tierras con maquinaria, excavación de zanjas, nivelación de
terrenos, así como las partidas correspondientes al suministro e instalación de
tuberías de PVC, ello ocasionó un perjuicio económico de S/. 601 901,17.
La
administración municipal autorizó el pago sin corroborar que la información
presentada por el contratista, respecto a la culminación de las obras, sea
verídica. A ello se suma que la administración edil autorizó el cambio de jefe
de supervisión, pese a que el ingeniero que lo reemplazó, no contaba con la
experiencia mínima para el cargo.
TERRENO
EN ZONA INTANGIBLE: En el
tercer caso, se ha determinado que los funcionarios municipales convocaron y
otorgaron la Buena Pro del proceso de selección para la ejecución de la obra de
saneamiento sin contar con la disponibilidad física del terreno para construir
la planta de tratamiento.
Cuando
adquirieron un terreno por S/. 56 185, no se percataron que éste no reunía las
características técnicas requeridas y establecidas en el expediente técnico del
proyecto, y que además se encontraba superpuesto sobre los sitios arqueológicos
“El Áspero” y “Chimú Cápac” declarados como Patrimonio Cultural de la Nación,
por lo que no puede ser utilizado.
La
administración municipal inició la ejecución de la obra sin contar con los
permisos, autorizaciones y licencias, respecto al uso y disposición de las
aguas, afectación a zonas arqueológicas y certificación ambiental de los
terrenos en donde se ejecutaría la obra, conllevando a la aplicación de
sanciones y multas posteriores en perjuicio del Estado.
En el
segundo y tercer caso, referido al pago irregular por obras no ejecutadas y la
compra de un terreno intangible, se ha remitido el respectivo informe a la
Procuraduría Pública de la Contraloría General para iniciar las acciones
legales que correspondan con la finalidad de lograr que los presuntos
involucrados paguen una indemnización por más de S/. 658 mil a favor del Estado.
EL DATO. Tres años después de haber
empezado a ejecutarse la obra, ésta se encuentra paralizada.
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